El Estado, para hacer ejercicio de su potestad y autoridad, realiza actividades que atienden
al interés público. Algunas de ellas pueden ser la función administrativa, gubernativa o
legislativa. Hoy vamos a señalar la importancia que tiene la función administrativa del
Estado
¿Qué es la función administrativa y gubernativa del Estado?
La función administrativa tiene relación directa con los particulares en general, de tal
manera que las actividades que desempeña la administración pública los afectan
directamente. Ello no significa que toda decisión de la administración tenga por función gubernativa se enfoca en el Estado en su conjunto; y la función jurisdiccional, si bien se enfoca en los particulares, pretende resolver conflictos, y no es susceptible de revisión por parte de otro poder del Estado.
El Congreso y el Poder Judicial en la función de administrativa
La función administrativa es controlada por lo menos entre dos poderes del Estado que
desempeñan funciones matrices: el Congreso y el Poder Judicial. El Parlamento controla la
administración pública a través de diversos mecanismos de control político existentes, y
establece un férreo control previo a través del principio de legalidad. El Poder Judicial
controla las decisiones administrativas a través de la posibilidad de revisión judicial de las
actuaciones administrativas — vía el proceso contencioso administrativo — y de la
existencia de los diversos procesos constitucionales, destacando la acción popular,
destinada al control de los actos normativos de la administración pública, dado que se
emplea para impugnar normas reglamentarias, que por definición poseen rango
secundario.
¿Qué ley ampara a la función administrativa?
La Ley 27444, Ley del procedimiento administrativo general, señala a las personas
jurídicas que ejercen función administrativa. Así, bajo este contexto, podemos indicar que
constituye función administrativa el conjunto de decisiones adoptadas por las políticas
públicas para satisfacer las necesidades de los ciudadanos.
¿Cómo se organiza la administración pública?
Las dependencias que auxilian al Poder Ejecutivo para el desempeño de la actividad
administrativa y la prestación del servicio público se organizan en la centralización y la
descentralización.
Centralización
Todas las órdenes y decisiones de la administración pública centralizada descienden
invariablemente del órgano mayor al inferior, de tal manera que todas las entidades
administrativas guardan un orden y obedecen a los imperativos que emite la cúspide de la
organización central.
Todo ente inferior se encuentra supeditado al superior, y cada órgano administrativo tiene
su propia competencia. La competencia administrativa es al órgano administrativo lo
mismo que la capacidad es a las personas físicas y jurídicas del derecho civil.
La centralización administrativa, dado su carácter jerarquizado y rígido impide que se
pueda tomar decisiones expeditas, pues en muchas ocasiones, para que se pueda emitir
un acto administrativo, se requiere que los trámites asciendan desde los órganos inferiores
al superior, y luego vuelvan al inferior, con el consecutivo consumo de tiempo.
Descentralización
El Estado peruano es un Estado unitario y descentralizado, porque es una sola entidad que
tiene deberes comunes y persigue metas compartidas como el bienestar general o la
protección de las personas.
Para ello se distribuye competencias, funciones y recursos entre tres niveles de gobierno:
gobierno nacional, gobierno regional y gobierno local, para el ejercicio equilibrado del
poder estatal.
– Redistribución de los recursos del Estado entre los tres niveles de gobierno, con el
objetivo de promover el desarrollo eficiente y equitativo del territorio.
– Desarrollo económico, autosostenible y promoción de la competitividad de los
departamentos.
– Participación y fiscalización por parte de la ciudadanía.
Hemos conocido acerca de una de las actividades más importantes que cumple el Estado.
Sin embargo, existen otros roles tan importantes como esta en el sector público. Con ellas
podrán garantizar el desarrollo del país y en beneficio de su ciudadanía.
Fuentes: Congreso de la República.